TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Que los Comedores Comunitarios Infantiles son una herramienta fundamental para intentar paliar la situación de ex- trema necesidad de algunos sectores de nuestra comunidad. Que se hace imprescindible brindarles un marco de contención y ayuda a los vecinos que con esfuerzo y voluntad lle- van adelante la tarea de estos Comedores. Que estos Comedores Comunitarios Infantiles funcionan gracias a las donaciones que reciben de los sectores co- merciales, de la producción, y de la población en general. Que ante la grave situación socioeconómica ac- tual, a la que no es ajena nuestra ciudad, debemos desde el ámbito municipal tratar de darles las herramientas necesarias para optimi- zar los escasos recursos con que cuentan estos Comedores. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 33/02 ------------------------------ ARTICULO 1.- Créase en el ámbito del Departamento Ejecutivo del Par- ------------ tido de Balcarce el Registro de comedores Comunitarios Infantiles, donde constará la siguiente información: a) Nombre o denominación del Comedor.- b) Domicilio y horario de funcionamiento del Comedor. c) Apellido y nombre, documento de identidad y domicilio del titular y/o responsable del Comedor.- d) Nómina de personas que colaboran en las actividades desarrolladas en el Comedor.- e) Cantidad y edad aproximada de niños hacia la que orientará su atención el Comedor.- ARTICULO 2.- En un plazo perentorio de diez (10) días a partir de ------------ la promulgación de la presente Ordenanza, los Comedores existentes deberán encuadrarse dentro de lo estipulado en el Artí- culo 1º.------------------------------------------------------------ ARTICULO 3.- El Departamento Ejecutivo otorgará un certificado o ------------ credencial, donde constarán los datos del Comedor y su titular y/o responsable, a los efectos de acreditar fehacientemente el registro del Comedor.-------------------------------------------- ARTICULO 4.- Cualquier modificación que se produzca en los datos ------------ mencionados en el Artículo 1º, deberá ser comunicada por el titular y/o responsable del Comedor dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de producida la misma.---------------------- ARTICULO 5.- El Departamento Ejecutivo por medio del organismo y/o ------------ dirección que estime corresponder, designará Asistentes Sociales y Nutricionistas para que brinden a los Comedores el aseso- ramiento y apoyo logístico que necesiten.--------------------------- ARTICULO 6.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil dos. FIRMADO: Martín A. Pérez - PRESIDENTE - Juan José Troya - SE- CRETARIO.-----------------------------------------------------------